Arraigo social en España: qué es, requisitos 2026 y cómo solicitarlo paso a paso
✍️ González Polania Abogados · Junio 2026 · 7 min de lectura · Extranjería
📢 Lo que nadie te dice: desde enero de 2025 solo necesitas 2 años de permanencia en España para pedir el arraigo social — antes eran 3. Muchas webs siguen publicando el dato antiguo. Este artículo tiene los requisitos vigentes.
📋 En este artículo encontrarás:
¿Qué es el arraigo social?
El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Está diseñada para personas extranjeras que llevan tiempo viviendo en España en situación irregular y han construido vínculos reales aquí.
No se pide desde el país de origen. Se tramita directamente en España, en la Oficina de Extranjería de tu provincia. Si te la conceden, obtienes un permiso de residencia y trabajo de 1 año renovable.
El cambio más importante de 2025: ahora son 2 años, no 3
✅ Cambio legal vigente desde enero de 2025
El Real Decreto 1155/2024 redujo el tiempo mínimo de permanencia de 3 años a 2 años. Es el cambio más relevante en esta vía de regularización en más de una década. Miles de personas que antes no podían solicitar el arraigo, ahora ya cumplen el requisito.
Ejemplo real
Un venezolano llegó a España en enero de 2024. Con la norma anterior, tendría que esperar hasta enero de 2027. Con el cambio, puede solicitarlo desde enero de 2026. Dos años de diferencia en su vida.
¿Quién puede solicitar el arraigo social?
Debes cumplir todos estos requisitos para que tu solicitud sea viable:
📅
2 años de permanencia
De forma continuada. Las ausencias no pueden superar los 120 días en ese período.
📄
Contrato o informe de arraigo
Contrato mínimo 1 año con salario ≥ SMI, o informe de arraigo emitido por tu Ayuntamiento.
✅
Sin antecedentes penales
Ni en España ni en los países donde hayas residido los últimos 5 años.
🇪🇸
Estar en España al solicitarlo
El arraigo no se tramita desde el extranjero. Debes estar en territorio español.
¿Cuánto se tarda realmente? Plazos por ciudad
El plazo legal es 3 meses. La realidad es muy diferente:
| Ciudad | Plazo legal | Plazo real estimado 2026 |
|---|---|---|
| Madrid | 3 meses | 5–8 meses |
| Barcelona | 3 meses | 4–6 meses |
| Valencia | 3 meses | 3–5 meses |
| Otras provincias | 3 meses | 2–4 meses |
⚠️ Silencio administrativo negativo: si no hay respuesta en 3 meses, se entiende denegado aunque la administración siga tramitando. No asumas que el silencio es buena señal — actúa.
Documentación necesaria
Ten todo esto listo antes de pedir cita. Si algún documento caduca antes de que te la den, tendrás que renovarlo:
Pasaporte en vigor — copia completa de todas las páginas
Certificado de empadronamiento histórico
Certificado de antecedentes penales de España
Antecedentes penales del país de origen — apostillado y con traducción jurada al español. Vigencia: 3 meses.
Contrato de trabajo (firmado por ambas partes) o informe de arraigo del Ayuntamiento
2 fotos tamaño carnet
Formulario EX-10 — solicitud de autorización de residencia por arraigo
Tasa modelo 790 código 052 — 38,28 € en 2026 — pagada antes de la cita
⏰ Empieza por los antecedentes del país de origen. La apostilla y la traducción jurada pueden tardar semanas. Es el documento que más retrasa los expedientes.
Cómo solicitarlo: paso a paso
Empieza por los documentos más lentos
La apostilla del certificado de antecedentes del país de origen y, si aplica, el informe de arraigo del Ayuntamiento pueden tardar semanas. Gestionarlos primero es la diferencia entre llegar a la cita con todo en regla o tener que cancelarla.
Paga la tasa antes de la cita
Descarga el modelo 790 código 052 y paga los 38,28 €. Guarda el justificante. Si pagas el mismo día de la cita, pueden rechazarte en ventanilla sin posibilidad de subsanarlo.
Solicita cita previa
En sede.administracionespublicas.gob.es o llamando al 060. En Madrid y Barcelona las citas pueden tardar meses. Pídela en cuanto tengas los documentos listos — o antes, si sabes que vas a cumplir los requisitos pronto.
Presenta la solicitud
Acude a la Oficina de Extranjería con toda la documentación original y copias. Presenta el formulario EX-10 y el justificante de pago. Te darán un resguardo con número de expediente.
Si te aprueban: TIE y Seguridad Social
Tienes 1 mes desde la notificación para solicitar la TIE en la Comisaría de Policía. Si el permiso incluye trabajo, el empleador debe darte de alta en la Seguridad Social en 30 días. No dejes pasar estos plazos.
¿Quieres que revisemos tu documentación antes de presentarla?
Un error en el expediente puede costarte meses de retraso o una denegación directa.
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Los 6 errores que más denegaciones causan
Antecedentes sin apostillar o sin traducción jurada
Es la causa número uno de denegación. El certificado del país de origen tiene que estar legalizado con Apostilla de La Haya y traducido por un traductor oficial jurado. Sin esto, la presentación es nula.
Ausencias que superan los 120 días sin saberlo
Muchos solicitantes no calculan bien los viajes al país de origen. Si las ausencias acumuladas superan ese límite, la continuidad de residencia queda interrumpida y el reloj vuelve a cero.
Contrato de trabajo no válido
Salario inferior al SMI, jornada insuficiente o empresa que no puede demostrar solvencia económica. En 2026 sigue siendo una de las principales causas de rechazo.
Certificados que caducan antes de la cita
Los antecedentes del extranjero tienen vigencia de 3 meses. Si caducan antes de que te den cita, tienes que renovar apostilla y traducción desde cero.
Pagar la tasa el día de la cita
Puede suponer el rechazo inmediato en ventanilla. La tasa debe pagarse antes de acudir a la oficina, no el mismo día.
Confiar en información desactualizada
Muchas webs siguen indicando el requisito de 3 años cuando desde enero de 2025 son 2. Verifica siempre la fecha de publicación de lo que lees antes de tomar decisiones.
¿Qué pasa si me lo deniegan?
Una denegación no es el final. Tienes derecho a presentar un recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo según el motivo. En muchos casos que llegan a nuestro despacho, la denegación se produce por un defecto subsanable — documentación incompleta, un contrato con un problema técnico, una alegación que no se presentó correctamente.
⏱️ Lo primero que debes hacer al recibir una denegación: leer el motivo exacto y actuar dentro del plazo de recurso. Si dejas pasar ese plazo, ya no hay vuelta atrás.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitarlo si tengo una orden de expulsión?
Sí, en muchos casos. Siempre que la orden no sea por motivos de seguridad pública o infracción muy grave, puedes presentar la solicitud. Consulta tu situación concreta antes de actuar.
¿Puedo trabajar mientras espero la resolución?
No. El arraigo social no autoriza a trabajar durante la tramitación. Solo puedes trabajar legalmente cuando tienes la resolución favorable y estás dado de alta en la Seguridad Social.
¿Qué pasa si me voy de España mientras espero?
Puedes salir, pero debes estar en España cuando te notifiquen la resolución y cuando vayas a pedir la TIE. Si necesitas viajar durante el proceso, consúltalo con un abogado primero.
¿La primera autorización de arraigo me permite renovar después?
Sí. La primera autorización dura 1 año. Antes de que caduque puedes modificarla a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, si cumples los requisitos en ese momento.
¿Cuánto cuesta tramitarlo con un abogado?
Depende del despacho y la complejidad del caso. En González Polania hacemos una primera consulta gratuita donde analizamos tu expediente y te damos un presupuesto claro, sin compromiso.
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Revisamos tu caso, preparamos el expediente completo y te acompañamos hasta el final.
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