Cómo darse de alta como autónomo en España siendo extranjero (2026) — González Polania
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Guía práctica 2026

Cómo darse de alta como autónomo en España siendo extranjero

NIE, Modelo 036, RETA y errores que debes evitar. Todo lo que necesitas para empezar a facturar legalmente — paso a paso.

González Polania Abogados
Mayo 2026
10 min de lectura
Autónomos Extranjería Fiscal
Lo que vas a aprender en este artículo: si eres extranjero y quieres trabajar por tu cuenta en España — como freelancer, nómada digital, consultor o emprendedor — necesitas darte de alta como autónomo antes de emitir tu primera factura. El proceso tiene pasos concretos y un orden que importa. Aquí te explicamos cada uno.

¿Puede un extranjero darse de alta como autónomo en España?

Sí, sin excepciones. Cualquier extranjero puede trabajar como autónomo en España, independientemente de su nacionalidad. Lo que cambia según tu origen es la documentación que necesitas antes de iniciar el proceso.

Hay dos situaciones bien diferenciadas:

Si eres ciudadano de la UE, EEE o Suiza: tienes derecho a trabajar en España en igualdad de condiciones que los españoles. Solo necesitas el NIE (Número de Identificación de Extranjero). No necesitas ningún permiso de trabajo adicional.
Si eres ciudadano extracomunitario (latinoamericano, norteamericano, asiático, etc.): además del NIE, necesitas una autorización de residencia que te permita trabajar por cuenta propia. Las opciones más habituales son la Visa Nómada Digital, la autorización por cuenta propia o la residencia obtenida por arraigo u otros mecanismos.

En este artículo nos centramos en el proceso de alta como autónomo una vez que ya tienes la documentación de residencia en orden. Si aún no la tienes, consúltanos primero — el orden importa y empezar al revés puede costarte tiempo y dinero.

Los 4 pasos para darte de alta como autónomo siendo extranjero

El proceso completo tiene cuatro etapas. El orden es importante: no puedes hacer el paso 3 sin el 2, ni el 2 sin el 1.

1

Obtén el NIE (Número de Identificación de Extranjero)

El NIE es tu número de identificación fiscal en España. Sin él no puedes hacer absolutamente nada: ni abrir una cuenta bancaria, ni firmar un contrato, ni darte de alta en Hacienda.

Cómo obtenerlo:

  • Desde España: solicítalo en la comisaría de policía de tu provincia con cita previa. Necesitas pasaporte, formulario EX-15, justificante del motivo (inicio de actividad económica) y tasa 790 abonada.
  • Desde tu país: en el consulado español de tu ciudad. Útil si aún no has viajado a España.

Tiempo estimado: entre 2 y 8 semanas según la provincia. En ciudades grandes como Madrid o Barcelona puede ser más rápido con gestión urgente.

Consejo: solicita cita previa con antelación. El sistema de citas de las comisarías colapsa con frecuencia. Si tienes urgencia, existen gestores que pueden acelerar el proceso.
2

Alta en Hacienda: Modelo 036 o 037

Antes de emitir tu primera factura debes comunicar a la Agencia Tributaria que vas a iniciar una actividad económica. Esto se hace con el Modelo 036 (completo) o el Modelo 037 (simplificado, solo para residentes).

¿Modelo 036 o 037?

CaracterísticaModelo 036Modelo 037
Para extranjeros no residentes✓ Sí✗ No
Para residentes en España✓ Sí✓ Sí
Operaciones intracomunitarias✓ Sí✗ No
Actividades con varios epígrafes✓ Sí✗ No
Más sencillo de tramitar✓ Sí

La decisión más importante dentro del Modelo 036: el epígrafe del IAE. El IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) clasifica tu actividad. Elegir el epígrafe equivocado puede invalidar tus declaraciones de IVA o generarte obligaciones que no corresponden a tu actividad real.

Algunos epígrafes frecuentes para trabajadores digitales:

  • 769.9 — Otros profesionales relacionados con las actividades informáticas
  • 763 — Programadores y analistas informáticos
  • 719 — Otros profesionales relacionados con el comercio
  • 841 — Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares
  • 899 — Otros servicios profesionales n.c.o.p.
¡Atención! Puedes darte de alta en varios epígrafes si ejerces varias actividades. Si no estás seguro de cuál corresponde a tu actividad, consultalo antes de presentar el modelo — cambiarlo después genera trámites adicionales y puede afectar a tus declaraciones anteriores.
3

Alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)

El RETA es la Seguridad Social de los autónomos. Una vez dado de alta en Hacienda, tienes exactamente 60 días naturales para darte de alta en el RETA. Pasado ese plazo, la sanción es automática: recargo del 20% sobre todas las cuotas no pagadas desde el inicio de actividad.

Cuotas del RETA en 2026 (sistema de ingresos reales)

Desde 2023, las cuotas de autónomos se calculan según los ingresos netos reales. En 2026 la tabla queda así:

Ingresos netos mensualesBase mínimaCuota mínima mensual
Menos de 670 €735,29 €~200 €
670 € – 900 €816,99 €~230 €
900 € – 1.166,70 €872,55 €~245 €
1.166,70 € – 1.300 €950,98 €~267 €
1.300 € – 1.700 €960,78 €~270 €
1.700 € – 2.500 €960,78 €~270 €
2.500 € – 3.000 €1.143,79 €~321 €
Más de 6.000 €Hasta 4.139,40 €Hasta ~590 €
Tarifa plana para nuevos autónomos: si es la primera vez que te das de alta como autónomo en España, puedes solicitar la cuota reducida de 80 €/mes durante los primeros 12 meses, prorrogables otros 12 meses si tus ingresos netos siguen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Pídela en el momento del alta — no se concede automáticamente.

El alta en el RETA se tramita en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), presencialmente o a través de la sede electrónica. Necesitas certificado digital o cl@ve.

4

Abre una cuenta bancaria y organiza tu contabilidad

No es un trámite oficial, pero es imprescindible en la práctica. Separar las finanzas personales de las profesionales desde el primer día te ahorra enormes dolores de cabeza en la declaración de la renta y ante una posible inspección.

  • Cuenta bancaria profesional: en cualquier banco español. Necesitarás el NIE y el alta en la TGSS. Algunas entidades también piden el alta en Hacienda.
  • Software de facturación: emite tus facturas con número correlativo, fecha, datos del cliente y el IVA que corresponda. Guarda todos los justificantes de gastos.
  • Libro de ingresos y gastos: si estás en estimación directa simplificada (la mayoría de freelancers), estás obligado a llevarlo. Un Excel ordenado o cualquier software básico de contabilidad es suficiente.

¿Tienes dudas con alguno de estos pasos?

Gestionamos el alta completa por ti: NIE, Modelo 036, RETA y apertura bancaria. Tú te concentras en tu negocio.

Los 5 errores más frecuentes al darse de alta siendo extranjero

Después de más de 15 años gestionando altas de autónomos extranjeros en España, estos son los errores que vemos con más frecuencia:

1
Elegir el epígrafe IAE equivocado

Un epígrafe incorrecto puede invalidar tus declaraciones de IVA, obligarte a tributar de forma diferente o excluirte de determinadas deducciones. Consulta siempre antes de presentar el 036.

2
No pedir la tarifa plana en el momento del alta en el RETA

La cuota reducida de 80€/mes no se asigna automáticamente. Hay que solicitarla expresamente al tramitar el alta. Si no la pides en ese momento, pierdes el beneficio.

3
Superar los 60 días sin darse de alta en el RETA

El plazo empieza desde la fecha de inicio de actividad que indicas en el Modelo 036, no desde cuando empiezas a cobrar. El recargo automático es del 20% sobre todas las cuotas atrasadas.

4
No declarar el régimen de IVA correcto desde el inicio

Si facturas a clientes dentro y fuera de la UE, las obligaciones de IVA son diferentes. Aplicar siempre el 21% a todas las facturas puede ser un error que genere devoluciones reclamadas o sanciones.

5
No revisar si aplica el Régimen Beckham antes de darse de alta

Si llevas menos de 5 años sin haber sido residente en España, podrías tributar al 24% fijo en lugar del IRPF progresivo (hasta el 47%). El plazo para solicitarlo es de 6 meses desde el alta. Pasado ese plazo, se pierde para siempre.

Tus obligaciones fiscales una vez dado de alta

Darte de alta es solo el comienzo. Una vez en activo, tienes una serie de obligaciones periódicas con Hacienda y la Seguridad Social:

ObligaciónModeloFrecuenciaPlazo
Declaración de IVAMod. 303TrimestralPrimeros 20 días de enero, abril, julio y octubre
Pago fraccionado IRPFMod. 130TrimestralMismos plazos que el IVA
Resumen anual IVAMod. 390AnualEnero del año siguiente
Declaración de la rentaMod. 100AnualAbril–junio del año siguiente
Operaciones con tercerosMod. 347AnualFebrero del año siguiente
Cuota RETAMensualÚltimo día hábil de cada mes (domiciliada)
Importante: los plazos de Hacienda no se amplían automáticamente ni admiten retrasos sin penalización. Un modelo presentado fuera de plazo genera recargos del 5% (hasta 3 meses), 10% (3–6 meses), 15% (6–12 meses) o 20% más intereses (más de 12 meses). Domiciliar los pagos y usar un asesor que te recuerde los vencimientos es la forma más sencilla de evitarlo.

Preguntas frecuentes

Si ya tienes el NIE, el alta en Hacienda (Modelo 036) es inmediata online. El alta en el RETA se tramita en el día. El NIE, si no lo tienes, puede tardar entre 2 y 8 semanas según la provincia. En total, con NIE ya en mano, puedes estar operativo en 24–48 horas.
Facturar sin estar dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social es una infracción. Las sanciones van desde recargos sobre cuotas no pagadas hasta multas por actividad económica irregular. Hacienda puede detectarlo porque tus clientes aplican retenciones y porque plataformas como Stripe, PayPal o Upwork reportan tus ingresos directamente a la AEAT.
El empadronamiento no es estrictamente obligatorio para el alta como autónomo, pero sí es necesario para obtener el NIE de residencia y para acceder a determinados servicios. En la práctica, se recomienda empadronarse cuanto antes porque facilita enormemente el resto de trámites.
Sí, absolutamente. Puedes facturar a clientes de cualquier país del mundo. Lo que cambia es cómo aplicas el IVA: los clientes dentro de la UE tienen reglas específicas (inversión del sujeto pasivo), y los clientes fuera de la UE generalmente quedan exentos de IVA español si el servicio se usa fuera del territorio. La clave está en aplicar correctamente el IVA en cada factura.
En 2026 la cuota mínima es de aproximadamente 200 €/mes para ingresos netos inferiores a 670 €/mes. Los nuevos autónomos sin actividad previa en los últimos 2 años pueden solicitar la tarifa plana de 80 €/mes durante los primeros 12 meses.

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