Asesoría legal y fiscal

Asesoría sobre el visado de residencia no lucrativa

Vivir en España sin trabajar aquí exige acreditar solvencia propia. Analizamos tu caso y te explicamos qué se te va a exigir y, sobre todo, cómo vas a tributar una vez seas residente.

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Qué revisamos contigo
  • Qué cuantía debes acreditar según tu unidad familiar
  • Qué medios económicos se admiten y cómo probarlos
  • Las coberturas exactas que exige el seguro médico
  • Cómo tributarás por tu renta mundial en España
  • El calendario de renovación desde el primer día
Residencia no lucrativaIPREMMedios económicosSeguro médico privadoRenta mundialModelo 720Renovación Residencia no lucrativaIPREMMedios económicosSeguro médico privadoRenta mundialModelo 720Renovación
El punto de partida

Es la vía de quien puede sostenerse con recursos propios. Y precisamente por eso, la fiscalidad es la mitad de la decisión.

La residencia no lucrativa permite vivir en España sin ejercer actividad laboral ni profesional, acreditando medios económicos suficientes para el sostenimiento propio y familiar. Suele elegirla quien tiene rentas pasivas, patrimonio o una jubilación. Nuestro papel es doble: verificar que tu solvencia se acredita correctamente, y explicarte qué obligaciones fiscales asumes al pasar a ser residente fiscal en España — porque para este perfil, con activos y rentas en el extranjero, es donde está el verdadero impacto.

Lo que se valora

Tres condiciones que se analizan juntas

El expediente se sostiene sobre tres pilares. Fallar en uno tumba el conjunto.

Solvencia

Medios económicos

Recursos suficientes y disponibles para todo el periodo, calculados sobre el indicador de referencia y con incremento por cada familiar.

Cobertura

Seguro médico

Póliza privada con entidad autorizada en España, sin copagos ni carencias, con cobertura equiparable a la del sistema público.

Idoneidad

Requisitos personales

Ausencia de antecedentes penales, certificado médico y no encontrarse en situación irregular en territorio español.


En qué te asesoramos

Las cuestiones que analizamos contigo

Tu solvencia

Qué cuantía te corresponde según tu unidad familiar y qué medios se admiten para acreditarla.

El seguro médico

Qué coberturas exige la Administración y por qué tantas pólizas quedan rechazadas por copagos o carencias.

Tu fiscalidad en España

Pasas a tributar por tu renta mundial: analizamos qué supone en tu caso concreto antes de que decidas.

Tu patrimonio en el extranjero

Modelo 720, Impuesto sobre el Patrimonio y convenios de doble imposición aplicables a tus rentas.

Tu familia

Qué familiares pueden acompañarte y cómo se incrementa la cuantía exigida por cada uno.

Renovación y trabajo

Qué exige la renovación y cómo se modifica esta situación si más adelante quieres trabajar.


Los requisitos

Lo que se exige, punto por punto

01

Medios económicos suficientes

Recursos calculados sobre el indicador público de renta de efectos múltiples, con un porcentaje adicional por cada familiar a cargo.

02

No ejercer actividad lucrativa

La autorización no habilita para trabajar por cuenta propia ni ajena en España, y ese compromiso es parte del expediente.

03

Seguro médico privado completo

Con entidad autorizada para operar en España, sin copagos ni periodos de carencia, y con cobertura equiparable a la pública.

04

Certificado de antecedentes penales

De los países de residencia en los últimos años, legalizado o apostillado y traducido cuando corresponda.

05

Certificado médico

Documento acreditativo de no padecer enfermedades con repercusión para la salud pública, conforme al modelo exigido.

06

Pasaporte en vigor y tasa

Documentación de identidad con validez suficiente y justificante del abono de la tasa correspondiente.


Nuestro método

Extranjería y fiscalidad, en el mismo análisis

1

Diagnóstico

Analizamos tu unidad familiar, tus rentas, tu patrimonio y dónde está situado.

2

Revisión documental

Comprobamos la acreditación económica, la póliza médica y las legalizaciones.

3

Análisis fiscal

Calculamos qué supondrá tributar aquí por tu renta mundial y qué obligaciones asumes.

4

Criterio y seguimiento

Te damos un criterio claro y preparamos contigo el calendario de renovación.


Errores frecuentes

Dónde se pierden los expedientes

Casi ninguno viene de falta de solvencia real. Vienen de cómo se acredita.

01Póliza médica con copagos, carencias o de una entidad no autorizada en España.
02Acreditar fondos que existen pero no son de disponibilidad inmediata ni continuada.
03No calcular el incremento de cuantía que corresponde a cada familiar acompañante.
04Antecedentes penales sin apostillar o certificados fuera de su plazo de validez.
05Obtener la residencia sin analizar antes la tributación de las rentas y activos extranjeros.
06No prever el calendario de renovación ni la posible modificación a residencia con trabajo.

Conceptos explicados

Lo que conviene entender antes de decidir

Un resumen de los conceptos que más consultas generan. Cada situación tiene matices — esto es orientación general, no asesoramiento personalizado.

Qué es

La residencia no lucrativa

Es la autorización que permite residir en España sin ejercer actividad laboral ni profesional, acreditando medios económicos suficientes para el sostenimiento propio y, en su caso, familiar.

Se solicita habitualmente por vía consular en el país de residencia, y su duración inicial es limitada, con posibilidad de renovación si se mantienen las condiciones.

La cuantía

El cálculo sobre el IPREM

La solvencia exigida se calcula como un múltiplo del indicador público de renta de efectos múltiples, con un porcentaje adicional por cada miembro de la unidad familiar que acompañe al solicitante.

La referencia se actualiza periódicamente, por lo que conviene verificar la cifra vigente en el momento de solicitar y no la del año anterior.

Requisito crítico

El seguro médico

Se exige una póliza de una entidad autorizada para operar en España, sin copagos, sin periodos de carencia y con cobertura equiparable a la del sistema público de salud.

Es uno de los puntos que más requerimientos genera: muchas pólizas comercializadas como válidas para este trámite no cumplen alguna de esas condiciones.

Consecuencia fiscal

Renta mundial

Al residir en España más de 183 días al año pasas a ser residente fiscal, y con ello tributas por todos tus ingresos, cualquiera que sea el país donde se generen.

Para este perfil —con rentas del capital, inmuebles o pensiones en el extranjero— es la consecuencia con mayor impacto económico, y conviene cuantificarla antes de trasladarse.

Informativas

Modelo 720 y Patrimonio

Superados determinados umbrales, existe obligación de declarar cuentas, valores e inmuebles situados en el extranjero mediante el Modelo 720.

A ello puede añadirse el Impuesto sobre el Patrimonio, cuyo tratamiento varía según la Comunidad Autónoma de residencia. Son dos frentes que este perfil no puede ignorar.

Después

Renovación y modificación

La renovación exige mantener las condiciones que dieron lugar a la concesión, especialmente la solvencia y la cobertura sanitaria.

Transcurrido cierto tiempo, existe la posibilidad de modificar la situación hacia una residencia que habilite para trabajar. Conviene conocer esa vía desde el inicio, no cuando surge la oportunidad.


Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la residencia no lucrativa

¿Cuánto dinero debo acreditar?+
La cuantía se calcula como un múltiplo del IPREM, con un porcentaje adicional por cada familiar que te acompañe, y la referencia se actualiza periódicamente. Más importante que la cifra es cómo se acredita: revisamos si tu documentación prueba la disponibilidad real y continuada de los fondos.
¿Puedo trabajar con esta residencia?+
No. Esta autorización no habilita para trabajar por cuenta propia ni ajena en España. Transcurrido cierto tiempo existe la posibilidad de modificar la situación hacia una residencia que sí lo permita, y conviene conocer esa vía desde el inicio.
¿Sirve cualquier seguro médico?+
No. Se exige una póliza de entidad autorizada en España, sin copagos ni carencias y con cobertura equiparable a la del sistema público. Muchas pólizas que se comercializan para este trámite no cumplen alguna condición: la revisamos antes de que la contrates.
¿Voy a tributar en España por mis rentas del extranjero?+
Si permaneces más de 183 días al año pasas a ser residente fiscal y tributas por tu renta mundial. Para este perfil es la consecuencia de mayor impacto: la cuantificamos antes de que te trasladas, no después.
¿Debo declarar mi patrimonio fuera de España?+
Superados determinados umbrales existe obligación de presentar el Modelo 720, y puede añadirse el Impuesto sobre el Patrimonio según tu Comunidad Autónoma. Analizamos tu situación patrimonial completa.
¿Puede venir mi familia conmigo?+
Sí, determinados familiares pueden acompañarte, lo que incrementa la cuantía económica exigida por cada uno de ellos. Conviene calcularlo desde el inicio para dimensionar bien el expediente.
¿Podéis asesorarme desde mi país de origen?+
Sí, y es el momento ideal. Trabajamos 100% en remoto con clientes de más de 30 países: videollamada, firma digital y revisión segura de documentación. Atendemos en español, inglés e italiano.

Antes de trasladarte, cuantifica lo que implica

Analizamos tu solvencia y tu fiscalidad futura, y te damos un criterio claro sobre tu caso.

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