Asesoría legal en extranjería

Asesoría sobre la homologación de tu título universitario

Homologación, equivalencia o reconocimiento: no son lo mismo y elegir mal cuesta años. Analizamos tu titulación y te decimos qué vía te corresponde antes de que presentes nada.

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Qué revisamos contigo
  • Si tu caso es homologación, equivalencia o reconocimiento
  • Qué organismo es competente para tu titulación
  • La legalización y traducción exacta de cada documento
  • Si tu profesión está regulada y qué implica
  • Qué hacer si te exigen formación complementaria
HomologaciónDeclaración de equivalenciaReconocimiento profesionalApostilla de La HayaTraducción juradaProfesiones reguladasCredencial HomologaciónDeclaración de equivalenciaReconocimiento profesionalApostilla de La HayaTraducción juradaProfesiones reguladasCredencial
El punto de partida

El error más caro no es un documento mal legalizado. Es elegir la vía equivocada y descubrirlo dos años después.

Tu título extranjero no despliega efectos automáticos en España: necesita un pronunciamiento de la Administración española sobre su validez, y existen varias vías con requisitos, organismos y consecuencias distintas. Nuestro papel es que sepas cuál te corresponde según tu titulación y tu objetivo profesional, y que el expediente salga bien planteado desde el primer día.


La decisión clave

Tres vías distintas, tres resultados distintos

Se confunden constantemente. Entender la diferencia es lo primero que analizamos contigo.

Vía 1

Homologación

Declara tu título extranjero equivalente a un título oficial español concreto que da acceso a una profesión regulada.

  • Se refiere a una titulación española determinada
  • Necesaria para ejercer profesiones reguladas
  • Puede exigir formación o pruebas complementarias
Vía 2

Declaración de equivalencia

Reconoce tu título como equivalente a un nivel académico español —grado o máster— y a un ámbito de conocimiento.

  • No habilita para profesiones reguladas
  • Útil para acreditar tu nivel formativo
  • Suele ser la vía cuando no hay profesión regulada
Vía 3

Reconocimiento

Régimen específico para titulaciones obtenidas en Estados de la Unión Europea con normativa propia de reconocimiento.

  • Procedimiento distinto al de terceros países
  • Aplicable a profesiones concretas
  • Requisitos y plazos propios

En qué te asesoramos

Las cuestiones que analizamos contigo

Qué vía te corresponde

Analizamos tu titulación, tu país de origen y tu objetivo profesional para determinar el procedimiento correcto.

Si tu profesión está regulada

Medicina, enfermería, arquitectura, abogacía y otras exigen homologación. Confirmamos si es tu caso.

Legalización y traducción

Apostilla de La Haya o legalización consular, y traducción jurada: qué aplica a tu país y en qué orden.

Tu plan de estudios

El certificado académico y el contenido formativo son la base de la valoración. Revisamos que estén completos.

Plazos y expectativas

Qué tiempos son razonables en tu procedimiento y cómo evitar los retrasos que dependen de ti.

Encaje con tu residencia

Cómo se coordina el reconocimiento de tu título con tu situación de extranjería y tu proyecto laboral.


La documentación

Lo que se necesita para iniciar el proceso

Los requisitos varían según la vía y el país de origen. Estos son los documentos habituales.

01

Título universitario original

Debidamente legalizado por vía diplomática o apostillado conforme al Convenio de La Haya, según el país que lo expidió.

02

Certificación académica de estudios

Con las asignaturas cursadas, la carga horaria o los créditos de cada una, y las calificaciones obtenidas. También legalizada.

03

Programa formativo de las materias

El contenido de cada asignatura, exigible en determinados procedimientos para valorar la equivalencia real de la formación.

04

Traducción jurada al castellano

De todos los documentos que no estén en español, realizada por traductor jurado reconocido.

05

Documento de identidad

Pasaporte, NIE o documento equivalente en vigor, con copia completa.

06

Justificante de la tasa

Comprobante del abono de la tasa correspondiente al procedimiento que se inicia.


Nuestro método

Elegir bien la vía antes de mover un papel

1

Diagnóstico

Estudiamos tu titulación, tu plan de estudios, tu país de origen y a qué quieres dedicarte en España.

2

Elección de la vía

Te explicamos qué procedimiento encaja, qué resultado ofrece cada uno y qué puedes esperar de forma realista.

3

Revisión documental

Comprobamos legalizaciones, traducciones y contenidos antes de presentar, para evitar requerimientos.

4

Acompañamiento

Te orientamos durante la tramitación y ante cualquier resolución que exija formación complementaria.


Errores frecuentes

Dónde se pierden los expedientes

Casi ningún problema viene de la calidad de tu formación. Viene de estos detalles.

01Solicitar homologación cuando el caso correspondía a una declaración de equivalencia, o al contrario.
02Presentar el título sin apostillar o con una legalización que no corresponde al país emisor.
03Aportar un certificado académico incompleto, sin carga horaria ni contenidos de las asignaturas.
04Traducciones que no son juradas o que no cubren la totalidad de los documentos.
05Asumir que el título habilita para ejercer sin comprobar si la profesión está regulada.
06No responder en plazo a un requerimiento de subsanación, dejando caducar el expediente.

Conceptos explicados

Lo que conviene entender antes de decidir

Un resumen de los conceptos que más consultas generan. Cada situación tiene matices — esto es orientación general, no asesoramiento personalizado.

La diferencia

Homologación frente a equivalencia

La homologación declara tu título equivalente a una titulación oficial española concreta y es la vía cuando quieres acceder a una profesión regulada.

La declaración de equivalencia se pronuncia sobre el nivel académico y el ámbito de conocimiento, sin habilitar para el ejercicio de profesiones reguladas. Elegir mal desde el inicio suele significar volver a empezar.

Determinante

Profesiones reguladas

Determinadas profesiones —sanitarias, jurídicas, técnicas, entre otras— exigen una titulación específica para su ejercicio en España, y ahí la homologación no es opcional.

Confirmar si tu profesión está en ese grupo es el primer filtro: cambia por completo la vía y las expectativas del procedimiento.

Requisito formal

Apostilla y legalización

Los documentos expedidos en el extranjero deben acreditar su autenticidad: mediante la apostilla del Convenio de La Haya si el país es parte, o por vía diplomática y consular si no lo es.

Es un requisito puramente formal, pero uno de los que más requerimientos genera cuando no se hace en el orden correcto.

La base

El plan de estudios

La valoración no se hace sobre el nombre del título, sino sobre su contenido: asignaturas, carga horaria y programa formativo.

Un certificado académico incompleto es la causa más habitual de que un expediente sólido acabe con una resolución condicionada.

Posible resultado

Requisitos formativos complementarios

La resolución puede concluir que existen diferencias sustanciales de formación y condicionar la homologación a la superación de determinados requisitos.

No es un rechazo: es un camino con pasos añadidos. Conviene conocer ese escenario antes de iniciar el procedimiento, no cuando llega la notificación.

El resultado

La credencial

Si el procedimiento concluye favorablemente, se expide el documento que acredita el reconocimiento obtenido y que podrás aportar ante empleadores, colegios profesionales o administraciones.

Conviene tener claro desde el inicio qué efectos concretos tendrá ese documento en tu caso.


Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la homologación de títulos

¿Qué diferencia hay entre homologación y equivalencia?+
La homologación declara tu título equivalente a una titulación española concreta y es la vía para profesiones reguladas. La equivalencia se pronuncia sobre el nivel académico y el ámbito de conocimiento, sin habilitar para ejercer profesiones reguladas. Analizamos cuál te corresponde antes de que presentes nada.
¿Cuánto tarda el procedimiento?+
Los tiempos varían de forma notable según la vía, la titulación y el volumen de expedientes. Lo que sí está en tu mano es evitar los retrasos propios: un expediente bien planteado y completo no acumula requerimientos de subsanación.
¿Necesito apostillar mis documentos?+
Sí, salvo excepciones. Si tu país es parte del Convenio de La Haya se aplica la apostilla; si no lo es, corresponde la legalización por vía diplomática y consular. El orden de los pasos importa.
Mi título es de la Unión Europea. ¿El proceso es distinto?+
Sí. Existe un régimen específico de reconocimiento para titulaciones obtenidas en Estados miembros, con procedimiento y requisitos propios. Confirmamos qué normativa te aplica según tu titulación y profesión.
¿Puedo trabajar mientras se resuelve?+
Depende de si tu profesión está regulada y de tu situación de extranjería. En profesiones reguladas, el ejercicio sin el reconocimiento correspondiente tiene consecuencias. Analizamos tu caso para que no asumas ese riesgo.
Me exigen formación complementaria. ¿Qué significa?+
Que se han apreciado diferencias sustanciales entre tu formación y la titulación española de referencia. No es un rechazo: es un camino con pasos añadidos. Revisamos la resolución y te damos criterio sobre las opciones disponibles.
¿Podéis asesorarme desde mi país de origen?+
Sí. Trabajamos 100% en remoto: videollamada, firma digital y revisión de documentación por vía segura. Es habitual empezar el análisis antes de viajar a España. Atendemos en español, inglés e italiano.

Empieza por elegir bien la vía

Analizamos tu titulación y te decimos qué procedimiento te corresponde y qué puedes esperar.

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